Art. 7
Título TÍTULO I

Art. 7

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En vigor desde 6 ago 2025
1. El órgano competente en materia de calidad de los servicios elaborará y actualizará periódicamente el catálogo de procedimientos administrativos competencia de la Administración regional. 2. El catálogo tendrá un formato digital, plenamente accesible para la ciudadanía y disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 3. El Catálogo deberá contener, al menos, la siguiente información: a) Relación de procedimientos competencia de todas las entidades y organismos de la Administración regional y denominación de los mismos. b) Relación de los trámites de cada procedimiento competencia de la Administración regional y de los canales de comunicación con la ciudadanía. c) Régimen de intervención administrativa sobre la actividad de los particulares y modelos normalizados de solicitud. d) Órganos competentes e informes que requiera el procedimiento. e) Relación de los plazos de solicitud, en su caso, resolución, sentido del silencio administrativo y recursos. f) Relación de procedimientos administrativos objeto de simplificación administrativa durante el ejercicio anterior. g) Código de los procedimientos. h) Enlace de cada procedimiento a la sede electrónica.
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eli/es-cm/l/2025/07/11/4#art-7