Art. 44
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 44

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En vigor desde 6 ago 2025
La Administración regional promoverá la celebración de convenios y acuerdos de cooperación con las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el impulso de la Administración digital. Asimismo, impulsará la celebración de convenios e instrumentos de cooperación con la Administración del Estado, otras Comunidades Autónomas y las Instituciones de la Unión Europea, en su caso.
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