Art. 33
Título TÍTULO IV

Art. 33

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En vigor desde 6 ago 2025
1. Las entidades colaboradoras de la Administración regional serán responsables frente a ella y las personas interesadas solicitantes de sus servicios, por los daños y perjuicios derivados del ejercicio de sus funciones. 2. En el ejercicio de sus funciones, las entidades colaboradoras de la Administración regional serán responsables de los documentos, informes y certificados que emitan. 3. Cuando dos o más entidades colaboradoras de la Administración regional actúen conjuntamente, serán todas ellas responsables de forma solidaria.
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eli/es-cm/l/2025/07/11/4#art-33