Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
9 / 41En vigor desde 22 jul 2025
1. La consejería autonómica competente en materia de paisaje promocionará programas y acciones específicas encaminadas a difundir los valores paisajísticos de La Rioja y la importancia del paisaje en la cultura, historia y economía de La Rioja.
2. Con arreglo a lo establecido en la presente ley y en la normativa autonómica aplicable en materia de educación ambiental de La Rioja, se impulsarán acciones educativas dirigidas a la sociedad en general, y a la comunidad educativa en particular, que tengan como finalidad la promoción del entendimiento, el respeto y la salvaguarda de los elementos que configuran los paisajes de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2025/07/01/4#art-9