Título TÍTULO I
Art. 3
3 / 34En vigor desde 30 ago 2024
Los cargos públicos o asimilados ejercerán sus funciones con dedicación exclusiva y con sujeción al régimen de incompatibilidades en los términos previstos en los artículos 19 y 34 de la Ley 11/2003.
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Proeli/es-cm/l/2024/07/19/4#art-3