Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 2 jul 2024
Lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición derogatoria de esta ley será de aplicación a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.
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eli/es-ri/l/2024/07/01/4#disposicion-transitoria-unica