Art. Disposición final única
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición final única

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En vigor desde 2 jul 2024
La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja», excepto la medida prevista en el artículo 5, que entrará en vigor para el curso académico 2024/2025.
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