Art. 11
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Medidas en el ámbito administrativo

Art. 11

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En vigor desde 2 mar 2023
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán los derechos reconocidos en esta ley para el conjunto del personal a su servicio, e implantarán medidas para la promoción y defensa de la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI en el acceso al empleo público y carrera profesional, previa negociación con las organizaciones sindicales de conformidad con la normativa aplicable.
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eli/es/l/2023/02/28/4#art-11