Art. 85
Título TÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Ayudas básicas

Art. 85

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En vigor desde 8 mar 2023
La ayuda básica es la modalidad de prestación económica de urgencia social que tiene por objeto atender a los gastos imprevistos o derivados del déficit temporal de ingresos de la unidad familiar que provoca un estado de carencia en el acceso a las necesidades sociales básicas.
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