Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
5 / 170En vigor desde 11 may 2023
Corresponde a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo el ejercicio de las funciones en materia de protección a las personas consumidoras y usuarias no atribuidas expresamente en la presente ley a otros órganos o administraciones y, en particular, las establecidas por el artículo 4 de la Ley 9/2007, de 29 de junio, de creación de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
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Proeli/es-pv/l/2023/04/27/4#art-5