Art. 150
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Graduación de las sanciones

Art. 150

150 / 170
En vigor desde 11 may 2023
Son circunstancias agravantes: a) Aprovecharse de la posición relevante de la persona infractora en el mercado. b) La afección directa a personas especialmente vulnerables, cuando tal condición tenga relación con los hechos constitutivos de infracción. c) La utilización de métodos, sistemas de contratación o interpretaciones normativas con el fin de eludir la aplicación de una norma protectora de las personas consumidoras y usuarias. d) La voluntad manifiesta de no reparar los perjuicios causados a las personas consumidoras y usuarias. e) Aprovecharse de una posición de poder respecto de una persona consumidora o usuaria o de una situación en la que la libertad de elección de esta se encuentre mermada por cualquier circunstancia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2023/04/27/4#art-150