Art. 78
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Principios generales

Art. 78

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En vigor desde 4 abr 2023
Las disposiciones reglamentarias emanadas del Gobierno y de sus miembros se ajustarán a las siguientes normas de jerarquía y competencia: 1.º Disposiciones aprobadas por decreto del Gobierno, por decreto de Comisión Delegada y por decreto de la Presidencia, en este último caso cuando las apruebe en ejercicio de las competencias que le atribuyen el Estatuto de Autonomía y las leyes como presidente o presidenta del Gobierno. 2.º Disposiciones aprobadas por decreto de la Presidencia, en los casos no previstos en el apartado anterior, y disposiciones aprobadas por orden.
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