Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 68
68 / 94En vigor desde 4 abr 2023
El procedimiento para la elaboración y aprobación de proyectos de ley, proyectos de decretos legislativos, decretos leyes y de proyectos de reglamentos se ajustará a lo establecido en esta ley y en las disposiciones de desarrollo que se dicten por el Gobierno.
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Proeli/es-cn/l/2023/03/23/4#art-68