Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 44
44 / 63En vigor desde 10 may 2023
1. Las entidades locales elaborarán sus propios instrumentos de planificación de participación ciudadana.
2. La coordinación entre la Generalitat y las entidades locales se realizará a través de la Red de Gobernanza Participativa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2023/04/13/4#art-44