Art. 16
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección cuarta. Participación en la elaboración de normas y planes

Art. 16

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En vigor desde 10 may 2023
1. Una vez redactado el texto del proyecto, anteproyecto o instrumento de planificación, se llevará a cabo el trámite de información pública, que tendrá por objeto dar audiencia a toda la ciudadanía para recoger sus aportaciones. 2. Finalizado este trámite, se elaborará un informe justificativo de las aportaciones asumidas y de aquellas desestimadas. Este informe se publicará en el portal de participación de la Generalitat.
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