Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 10 ene 2022
Mientras no entre en vigor el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Canarias, seguirá resultando de aplicación el vigente Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas del Estado, en lo que no se oponga a lo establecido en la presente ley.
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