Art. 87
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Procedimiento de elaboración del reglamento orgánico y otros reglamentos

Art. 87

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En vigor desde 7 ago 2022
Para la elaboración del reglamento orgánico se seguirán los siguientes trámites: aprobación inicial por el pleno, información pública por un plazo no inferior a un mes, informe sobre alegaciones, informe de los servicios jurídicos, dictamen del Consejo Consultivo y aprobación definitiva por el pleno.
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