Art. 100
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Competencias propias

Art. 100

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En vigor desde 7 ago 2022
Los proyectos de ley de transferencia de competencias a los consejos insulares incluirán las determinaciones previstas en el artículo 97 de esta ley para las propuestas de traspasos.
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eli/es-ib/l/2022/06/28/4#art-100