Título TÍTULO IV
Art. Disposición final primera
79 / 80En vigor desde 29 jul 2022
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.
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Proeli/es-ex/l/2022/07/27/4#disposicion-final-primera