Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 19En vigor desde 1 ene 2023
La presente ley tiene por objeto la promoción, el fomento y estímulo de proyectos culturales, artísticos, científico-tecnológicos, sociales, medioambientales y deportivos en la Región de Murcia así como el fomento de la restauración y conservación del patrimonio cultural de la Región de Murcia y la promoción y acrecentamiento de colecciones y museos de la misma a través del mecenazgo, la regulación de los incentivos fiscales aplicables al mismo y la promoción de la figura del mecenazgo que suponga la implicación de la sociedad civil con la actividad cultural, artística, social, medioambiental, deportiva, científico tecnológica o de investigación y el impulso de la colaboración público-privada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2022/06/16/4#art-1