Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
152 / 170En vigor desde 30 ago 2021
Todas las referencias que la ley recoge sobre «Entidad Pública» se refieren a la Administración de la Junta de Andalucía que ejerce la competencia en materia de protección de menores a través del órgano competente.
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Proeli/es-an/l/2021/07/27/4#disposicion-adicional-primera