Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 30 ago 2021
Todas las referencias que la ley recoge sobre «Entidad Pública» se refieren a la Administración de la Junta de Andalucía que ejerce la competencia en materia de protección de menores a través del órgano competente.
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