Art. 7
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 7

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En vigor desde 30 ago 2021
Las administraciones públicas de Andalucía llevarán a cabo políticas inclusivas que posibiliten que todas las niñas, niños y adolescentes se desarrollen en condiciones de igualdad, apoyando intervenciones tendentes a romper los ciclos intergeneracionales de desigualdad y discriminación, para lo cual deben atender y compensar todo tipo de carencias y la diversidad de cualquier índole y naturaleza.
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