Art. Disposición final decimosexta
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final decimosexta

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En vigor desde 1 jul 2021
Se modifica el apartado e) del artículo 21, que queda con la siguiente redacción: «e) A la Dirección Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, además de las competencias asignadas en la letra d), las siguientes: 1.º La autorización de gastos para el pago de productos farmacéuticos procedentes de recetas médicas, para el pago de productos farmacéuticos imputables al capítulo 2, “Gastos en bienes corrientes y servicios”, así como para el pago de material sanitario, hasta un importe de 20.000.000,00 de euros. 2.º La autorización de gastos para operaciones corrientes consignados en el citado organismo autónomo, al margen de los indicados en el párrafo 1.º, hasta un importe de 5.000.000,00 de euros.»
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