Título TÍTULO IV
Art. 40
40 / 64En vigor desde 1 jul 2021
1. Los proyectos declarados prioritarios de conformidad con lo previsto en la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha, podrán financiarse con los fondos europeos.
2. Para la gestión y ejecución de los proyectos citados en el apartado anterior podrá utilizarse cualquiera de los instrumentos de colaboración público-privada previstos en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2021/06/25/4#art-40