Art. 32
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 32

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En vigor desde 1 jul 2021
Las competencias atribuidas por la presente ley en materia de gestión de gastos podrán desconcentrarse o delegarse en los términos establecidos en la normativa vigente aplicable en cada caso.
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eli/es-cm/l/2021/06/25/4#art-32