Art. 12
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 12

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En vigor desde 1 jul 2021
Las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas. En estos supuestos, el informe de la intervención sobre las bases reguladoras previsto en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, así como la fiscalización de la convocatoria, se realizará por la Intervención Delegada competente.
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