Art. Disposición transitoria octava
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria octava

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En vigor desde 20 may 2021
Las solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo en trámite a la entrada en vigor de la presente ley se resolverán de conformidad con la normativa vigente en el momento de su resolución.
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