Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 89
89 / 245En vigor desde 20 may 2021
El personal funcionario percibirá las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio. Reglamentariamente se ajustarán sus cuantías. Sus tipos y cuantías serán únicas para cada concepto para todo el personal.
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Proeli/es-vc/l/2021/04/16/4#art-89