Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 88
88 / 245En vigor desde 20 may 2021
Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de las retribuciones básicas y de las complementarias vinculadas a la carrera administrativa y al puesto de trabajo.
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Proeli/es-vc/l/2021/04/16/4#art-88