Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

55 / 58
En vigor desde 21 nov 2021
El personal del organismo autónomo Servicio de Emergencia de Cantabria SEMCA que a la entrada en vigor de la presente ley estuviese integrado en el mismo con la condición de «a extinguir», continuará rigiéndose por el Convenio Colectivo de aplicación y las normas de derecho laboral que les resulten de aplicación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2021/05/13/4#disposicion-transitoria-segunda