Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 4 dic 2021
1. Se derogan los artículos 11 y 12 de la Ley del Principado de Asturias 5/1991, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales. 2. Se derogan los apartados 7.2 y 7.3 del Plan de ordenación de los recursos naturales del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 38/1994, de 19 de mayo. 3. Se deroga el apartado 9.6 de los «Criterios para la protección del medio ambiente y para ordenación y protección del medio físico» de las Directrices Regionales de Ordenación del Territorio de Asturias, aprobadas por Decreto 11/1991, de 24 de enero. 4. Se deroga el artículo 3 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. 5. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley.
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