Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
3 / 20En vigor desde 4 dic 2021
A efectos de lo dispuesto en el artículo 19.1, primer párrafo, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el órgano ambiental someterá el borrador del plan o programa y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, que se pronunciarán en el plazo de treinta días hábiles desde su recepción.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2021/12/01/4#art-3