Art. Disposición adicional novena
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. Disposición adicional novena

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En vigor desde 1 ene 2021
En el marco del proceso de reestructuración del sector público, durante 2021, se autoriza a la persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda a que adopte las medidas necesarias en orden a asegurar que las consignaciones y dotaciones presupuestarias reflejan adecuadamente la estructura jurídico-organizativa resultante del citado proceso. En todo caso, el conjunto de medidas que pudieran adoptarse en el marco de la anterior autorización, no podrá suponer incremento de gasto en el presupuesto consolidado de la Generalitat.
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