Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. Disposición adicional décima tercera
68 / 101En vigor desde 1 ene 2021
La conselleria con competencias en materia de hacienda será el órgano responsable del seguimiento mensual de los datos de ejecución del presupuesto a los efectos de lo previsto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
A tal efecto, en el marco de la normativa vigente en materia de modificaciones presupuestarias, impulsará los ajustes necesarios para garantizar que al cierre del ejercicio no se incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria asignado.
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Proeli/es-vc/l/2020/12/30/4#disposicion-adicional-decima-tercera