Art. 15
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 15

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En vigor desde 4 dic 2020
A efectos de la inversión y justificación de los fondos correspondientes a los programas europeos se priorizarán las actuaciones cofinanciadas de los programas que permitan luchar contra los efectos de la crisis sanitaria COVID-19. Asimismo, se llevarán a cabo modificaciones en los programas operativos con el fin de incluir actuaciones que se consideren necesarias para tal fin.
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