Art. 3

Art. 3

3 / 11
En vigor desde 10 ene 2021
1. El Espacio Natural «Sabinares del Arlanza-La Yecla», ubicado en la provincia de Burgos, constituye uno de los ámbitos territoriales donde las masas de sabina ( Juniperus thurifera ), conocida localmente como enebro, especie designada de interés prioritario en la Unión Europea, alcanzan mayor extensión y relevancia, no solo en la Comunidad de Castilla y León, sino también en la península ibérica y en el continente europeo. Cabe destacar, además de su extensión, la diversidad de formas que aquí presentan: adehesadas, de páramo o de ladera, sin olvidar la riqueza del resto de las formaciones arbóreas presentes en el espacio (encinares, pinares, rebollares y quejigares), configuradas en torno al aprovechamiento del monte, que constituyen un ejemplo muy valioso y representativo de los sistemas tradicionales de gestión de los recursos, cuyo acervo cultural y diversidad biológica son excepcionales. El relieve plegado desarrollado sobre el sustrato calcáreo es protagonista indiscutible del paisaje, sobresaliendo nítidamente por su espectacularidad visual (cañones, sinclinales). Su gran diversidad, representada además en una superficie reducida, confiere a esta área natural un excepcional valor didáctico, vinculado al patrimonio geológico y geomorfológico. Esta singular configuración geomorfológica es la responsable de la importante población de especies rupícolas que entre los cortados rocosos encuentran refugio: alimoche, buitre leonado, águila real, halcón peregrino y búho real son algunas de ellas. 2. El Parque Natural «Sabinares del Arlanza-La Yecla» (Burgos) posee una superficie de 39.173 ha, incluyendo la totalidad de los términos municipales de Carazo, Contreras, Mamolar, Quintanilla del Coco, Santibáñez del Val, Santo Domingo de Silos y Retuerta y parcialmente a los términos municipales de Arauzo de Miel, Barbadillo del Mercado, Cascajares de la Sierra, Ciruelos de Cervera, Covarrubias, Cuevas de San Clemente, Espinosa de Cervera, Hortigüela, Mambrillas de Lara, Mecerreyes, Pinilla de los Barruecos, La Revilla y Ahedo, Tejada y Villanueva de Carazo, todos ellos en la provincia de Burgos. 3. Sus límites geográficos son los que se especifican en el anexo de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2020/12/14/4#art-3