Art. 1
1 / 11En vigor desde 10 ene 2021
Es objeto de la presente ley la declaración del Parque Natural de «Sabinares del Arlanza-La Yecla» (Burgos), con la finalidad de establecer las medidas necesarias para asegurar la conservación y mejora de su gea, de sus ecosistemas naturales y valores paisajísticos, en armonía con los usos, derechos y aprovechamientos tradicionales y con la realización de actividades educativas, deportivas, científicas, culturales, recreativas o socioeconómicas compatibles con la protección del parque, así como fomentar la promoción turística de la zona y mejorar la calidad de vida y el bienestar social de la población residente en su ámbito territorial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2020/12/14/4#art-1