Art. 31
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 31

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En vigor desde 9 ago 2020
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá que los resultados de la I+D+i obtenidos por agentes del sistema regional de I+D+i, sean debidamente protegidos, haciendo uso de los medios previstos en la legislación sobre propiedad industrial e intelectual. 2. Desde la Administración Pública se promoverá la creación y actualización periódica de una base de datos de los resultados de la investigación susceptibles de ser patentados y explotados así como del estado de las patentes obtenidas por los agentes del sistema regional de I+D+i.
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