Art. 66
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 66

66 / 82
En vigor desde 26 nov 2019
La Presidencia ostentará la representación del Consejo Andaluz de Cámaras, impulsará y coordinará la actuación de todos sus órganos y presidirá los órganos colegiados. Velará por el correcto cumplimiento de las funciones del Consejo, por el respeto a las leyes y al Reglamento de Régimen Interior y por la ejecución de sus acuerdos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2019/11/19/4#art-66