Art. 63
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 63

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En vigor desde 26 nov 2019
1. Son órganos de gobierno del Consejo Andaluz de Cámaras el Pleno, el Comité Ejecutivo y la Presidencia. 2. El Consejo Andaluz de Cámaras contará con una Secretaría General, las personas directivas y la organización necesaria para el desempeño de las funciones establecidas en esta Ley, así como con la organización complementaria que se establezca en su Reglamento de Régimen Interior.
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