Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 7
7 / 12En vigor desde 1 ene 2019
El resultado de las actuaciones sobre las edificaciones tendrá como objetivos la mejora de la eficiencia energética y la de las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos públicos extremeños, tomando como referencia la legislación laboral vigente. Estos objetivos podrán obtenerse gracias a distintas técnicas y estándares constructivos; al uso de diferentes materiales de construcción y de distintas instalaciones de gran rendimiento; a actuaciones sobre la mejora de la envolvente y de los sistemas de aprovechamiento de energías renovables, preferentemente producidas in situ o en el entorno próximo, y a la instalación y/o sustitución de sus equipos productores por otros de mayor eficiencia, todo ello buscando alcanzar la categoría de edificio de consumo de energía casi nulo.
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Proeli/es-ex/l/2019/02/18/4#art-7