Art. 98
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Protección de datos

Art. 98

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En vigor desde 15 ago 2019
El tratamiento de datos personales derivado de los servicios regulados en la presente ley deberá fundarse en base legítima conforme a lo dispuesto en el Reglamento general de protección de datos y en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
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