Capítulo CAPÍTULO NOVENO
Art. Disposición final octava
48 / 53En vigor desde 6 jul 2018
Se autoriza al Gobierno Vasco para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones reglamentarias de carácter general necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/2018/06/28/4#disposicion-final-octava