Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 11 jul 2018
Se habilita al titular de la consejería responsable de la coordinación de la Red para integrar en esta, a propuesta de la consejería competente por razón de la materia, nuevos tipos de recursos que respondan a los fines de aquella, así como para desvincular de la misma aquellos otros en los que haya desaparecido la causa que motivó su incorporación a la Red.
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