Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
5 / 28En vigor desde 28 jun 2018
Las competencias de planificación y desarrollo institucional del Consejo Social son las siguientes:
a) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, el Plan Estratégico de la Universidad.
b) Acordar con el Rector, a propuesta de éste, el nombramiento del gerente, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, así como su cese.
c) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, la programación plurianual de la Universidad y, en su caso, los convenios y contratos-programa que se suscriban con el Gobierno de Cantabria y realizar el seguimiento de su ejecución.
d) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, la constitución, modificación y extinción por la Universidad, de cualquier clase de persona jurídica o su participación en las mismas.
e) Participar en los órganos de gobierno de los entes instrumentales creados en la Universidad, cuando sus fines estén relacionados con los objetivos, funciones y naturaleza del Consejo Social.
f) Informar favorablemente la creación, modificación y supresión de escuelas, facultades, institutos universitarios de investigación, escuelas de doctorado y cualesquiera otros centros universitarios, previo acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, así como la adscripción de centros de titularidad pública o privada que impartan estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial.
g) Informar favorablemente la aprobación de la adscripción o la desvinculación de instituciones o centros de investigación de carácter público o privado, como institutos universitarios de investigación o creación artística, mediante convenio y previo acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad.
h) Obtener la información que necesite para el correcto ejercicio de su misión, dentro de la que esté accesible, en los distintos órganos y servicios de la Universidad.
i) Proponer líneas de mejora de la calidad y eficiencia de las actividades desarrolladas por la Universidad propiciando estudios, encuestas o iniciativas similares que permitan contrastar el rendimiento de los servicios, especialmente en lo que se refiere a docencia, investigación y gestión.
j) Promover el desarrollo de la responsabilidad social universitaria.
k) Promover actuaciones orientadas a completar la formación humanística de los universitarios, facilitando y, en su caso, coordinando actividades de carácter cultural y social.
l) Cualquier otra que le atribuya la legislación estatal o autonómica o los Estatutos de la Universidad.
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Proeli/es-cb/l/2018/06/15/4#art-5