Art. 25
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 25

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En vigor desde 31 dic 2017
Del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la actividad de cada sección, responden en primer lugar las participaciones hechas o comprometidas y las garantías presentadas por los socios/as integrados en la sección o secciones, así como el patrimonio afecto a las mismas, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad universal de la cooperativa frente a terceros.
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eli/es-cm/l/2017/11/30/4#art-25