Art. 10
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 31 dic 2017
Toda microempresa cooperativa contará necesariamente como órganos sociales con la asamblea general, donde se integran la totalidad de las personas socias, y el órgano de administración. Se tenderá a la participación equilibrada de mujeres y hombres en dichos órganos.
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eli/es-cm/l/2017/11/30/4#art-10