Título TÍTULO IV
Art. 18
18 / 39En vigor desde 5 sept 2017
La cuantía de la renta de ciudadanía se modificará cuando se produzca una variación sobrevenida de los miembros de la unidad familiar o de convivencia, o de los recursos que se hayan tenido en cuenta para el cálculo de la prestación.
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Proeli/es-ri/l/2017/04/28/4#art-18