Art. 22
Título TÍTULO III

Art. 22

22 / 36
En vigor desde 3 oct 2017
1. Las Administraciones Públicas de Castilla y León realizarán y promoverán actos públicos de homenaje, recuerdo y reconocimiento a las víctimas del terrorismo en los que se procurará la presencia del testimonio directo de las víctimas. 2. Las Administraciones Públicas de Castilla y León impulsarán el recuerdo y la memoria de las víctimas del terrorismo mediante elementos distintivos o acciones específicas para ello. 3. Las Administraciones Públicas de Castilla y León velarán por la dignidad de las víctimas impidiendo, en el marco de sus competencias, cualquier acto, manifestación o símbolo vejatorio o de humillación para las víctimas o de exaltación u homenaje a terroristas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2017/09/26/4#art-22