Art. 20
Título TÍTULO IV

Art. 20

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En vigor desde 24 oct 2017
1. La Consejería competente en materia de educación elaborará una estrategia para la educación inclusiva en Andalucía como instrumento para coordinar las políticas y medidas dirigidas a conseguir la plena inclusión en el ámbito educativo. 2. La Consejería competente en materia de educación incluirá en todas sus estadísticas e indicadores de evaluación al alumnado con discapacidad. Fomentará y promoverá estudios y análisis de evaluación de las medidas adoptadas desde una perspectiva de plena inclusión.
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